Saber cuánto se paga por una herencia de padres a hijos parece, en principio, una pregunta sencilla. Hay una cantidad heredada, se aplica un porcentaje y listo. En la práctica, el cálculo funciona de una forma bastante distinta.
Dos hijos que reciben bienes con el mismo valor pueden terminar pagando cantidades diferentes. Y una herencia de 300.000 euros no tiene por qué costar tres veces más en impuestos que una de 100.000 euros. Influyen el lugar donde residía el padre o la madre fallecidos, la edad del heredero, su patrimonio previo, la existencia de deudas, el tipo de bienes recibidos y, sobre todo, las reducciones y bonificaciones autonómicas.
En la Comunidad Valenciana, esta diferencia es especialmente importante. Los hijos pertenecientes a los grupos I y II pueden aplicar actualmente una bonificación del 99% sobre la parte de la cuota correspondiente a los bienes y derechos correctamente declarados, además de las reducciones que procedan. Por eso, en muchas herencias entre padres e hijos el Impuesto sobre Sucesiones acaba siendo bastante menor de lo que la familia imaginaba al principio.
Ahora bien, pagar poco de Impuesto sobre Sucesiones no significa necesariamente que tramitar la herencia no tenga ningún coste. Puede haber plusvalía municipal, notaría, Registro de la Propiedad, certificados, tasaciones y otros gastos.
Veamos cómo calcularlo de verdad, con ejemplos y centrándonos especialmente en las herencias tramitadas en Alicante, Elche y el resto de la Comunidad Valenciana.
Contenido actualizado a julio de 2026. Los ejemplos son orientativos y parten de situaciones simplificadas; el resultado de una herencia concreta debe calcularse con sus datos reales.
Respuesta rápida: cuánto suele pagar un hijo por recibir una herencia
La respuesta más honesta es esta: un hijo puede pagar desde cero euros hasta una cantidad considerable, porque no existe un porcentaje único aplicable a todas las herencias.
En la Comunidad Valenciana, un hijo mayor de 21 años dispone actualmente de una reducción por parentesco de 100.000 euros. Los descendientes menores de 21 años tienen una reducción de 100.000 euros más 8.000 euros adicionales por cada año que les falte para cumplir 21, con un máximo de 156.000 euros. Después de calcular la cuota, las adquisiciones por fallecimiento de los grupos I y II disfrutan de una bonificación del 99 % sobre la parte correspondiente a los bienes correctamente declarados.
Esto permite entender algunos casos sencillos:
- Un hijo adulto que hereda 50.000 euros en dinero puede no pagar Impuesto sobre Sucesiones.
- Si hereda 100.000 euros, la reducción por parentesco puede dejar la base liquidable en cero.
- Una adquisición individual de 300.000 euros puede generar una cuota mucho más elevada antes de bonificaciones, pero la bonificación valenciana del 99 % puede reducirla de forma drástica.
Eso sí: no conviene confundir el Impuesto sobre Sucesiones con el coste total de recibir la herencia. Cuando hay una vivienda urbana, por ejemplo, puede existir también plusvalía municipal. Y, si se adjudican inmuebles, probablemente habrá gastos notariales y registrales.
La pregunta correcta, por tanto, no es solo “¿cuánto vale la herencia?”, sino “qué recibe exactamente cada hijo, qué normativa se aplica y qué beneficios fiscales puede utilizar?”.
De qué depende la cantidad que se paga al heredar de los padres
No se calcula el impuesto mirando únicamente el patrimonio total que dejaron los padres. Lo que importa es, entre otras cosas, la adquisición individual de cada heredero.
El valor de los bienes y derechos recibidos
El punto de partida es identificar qué recibe cada hijo y qué valor fiscal corresponde a esos bienes.
En una herencia pueden aparecer:
- dinero en cuentas;
- viviendas, locales, solares o fincas;
- acciones y fondos de inversión;
- vehículos;
- participaciones en empresas;
- derechos de crédito;
- seguros de vida;
- obras de arte y otros bienes.
No todos se valoran exactamente igual. En el caso de los inmuebles, el valor de referencia del Catastro tiene especial relevancia fiscal y no debe confundirse con el valor catastral utilizado para otros impuestos. La Agencia Tributaria Valenciana recuerda que el valor de referencia se determina anualmente a partir de módulos basados en operaciones inmobiliarias y que no altera el valor catastral ni el IBI.
Un error de valoración puede hacer que pagues de más o que presentes una autoliquidación que posteriormente sea revisada.
Las deudas, cargas y gastos que pueden reducir la herencia
La cifra bruta de los bienes no siempre coincide con la cantidad que realmente se somete a tributación.
La normativa permite descontar determinadas deudas del causante debidamente acreditadas, incluidas, en ciertas condiciones, deudas tributarias o con la Seguridad Social satisfechas por quienes gestionan la herencia. También contempla ciertos gastos de última enfermedad, entierro y funeral, siempre que se justifiquen y cumplan los requisitos legales.
Por eso insistimos tanto en hacer un inventario serio. Una herencia puede incluir una vivienda valorada en 250.000 euros y, al mismo tiempo, una deuda hipotecaria pendiente, tributos sin pagar y otros compromisos económicos.
Calcular solo el activo da una fotografía incompleta.
La comunidad autónoma en la que debe tributarse
Aquí está una de las mayores diferencias entre herencias aparentemente similares.
Las comunidades autónomas tienen competencias normativas importantes en el Impuesto sobre Sucesiones. Pueden establecer reducciones, escalas, coeficientes y bonificaciones que alteran notablemente el resultado final.
En las adquisiciones por fallecimiento de sujetos pasivos residentes en España, el punto de conexión es, con carácter general, la comunidad autónoma donde el causante tenía su residencia habitual en la fecha del devengo. Para determinar esa residencia a estos efectos se analiza, como criterio principal, dónde permaneció más días durante los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
Así que no, no siempre se puede elegir dónde pagar.
La edad y el grado de parentesco del heredero
No recibe el mismo tratamiento fiscal un hijo que un hermano, un sobrino o una persona sin vínculo familiar con quien falleció.
En la Comunidad Valenciana, los hijos y descendientes se encuentran en los grupos de parentesco más favorecidos. Además, los menores de 21 años pueden disfrutar de una reducción superior a la de los hijos adultos.
La discapacidad reconocida también puede dar derecho a reducciones adicionales: la normativa valenciana prevé actualmente importes de 120.000 o 240.000 euros, según el grado y el tipo de discapacidad, que pueden añadirse a la reducción correspondiente por parentesco.
El patrimonio que ya tenía el hijo antes de heredar
Este es uno de los datos que más se olvidan.
Después de calcular la cuota íntegra se aplica un coeficiente multiplicador que depende del grado de parentesco y del patrimonio previo del heredero.
Para los grupos I y II en la Comunidad Valenciana, el coeficiente es actualmente:
- 1,0000 hasta 390.657,87 euros de patrimonio preexistente;
- 1,0500 entre 390.657,87 y 1.965.309,58 euros;
- 1,1000 entre 1.965.309,58 y 3.936.629,28 euros;
- 1,2000 por encima de esa última cifra.
La diferencia puede no ser enorme en una herencia pequeña, pero en adquisiciones elevadas sí merece atención.
Qué impuestos paga un hijo al recibir una herencia
Cuando alguien pregunta cuánto cuesta heredar, a menudo mete todos los pagos en el mismo saco. Conviene separarlos.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Es el principal impuesto asociado a la adquisición gratuita de bienes y derechos por fallecimiento.
Se calcula de forma individual para cada heredero. Primero se determina lo que recibe, después se descuentan las partidas deducibles, se aplican las reducciones, la tarifa, el coeficiente multiplicador y, finalmente, las bonificaciones y deducciones que correspondan.
La Ley del Impuesto sobre Sucesiones configura este tributo sobre las adquisiciones gratuitas realizadas por personas físicas, y su reglamento establece además la incompatibilidad de gravar el mismo incremento patrimonial simultáneamente por Sucesiones y por IRPF.
Plusvalía municipal cuando se hereda una vivienda o un terreno urbano
Si la herencia incluye un inmueble urbano, puede aparecer un segundo impuesto: el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal.
No grava el edificio en sí, sino el incremento de valor correspondiente al terreno urbano. La ley permite calcular la base según el sistema objetivo y, cuando proceda, atender al incremento real. Además, no existe sujeción si se acredita que no hubo aumento de valor. Los ayuntamientos pueden establecer bonificaciones de hasta el 95 % para determinadas transmisiones por fallecimiento a favor de descendientes, cónyuges y ascendientes.
La bonificación autonómica del 99 % en Sucesiones no elimina automáticamente la plusvalía municipal. Son impuestos diferentes, gestionados por administraciones distintas.
¿Hay que pagar IRPF por los bienes heredados?
Por recibir la herencia, en principio, no vuelves a tributar por ese mismo incremento en IRPF. La adquisición hereditaria se somete al Impuesto sobre Sucesiones.
Pero eso no significa que un bien heredado quede “fuera del IRPF para siempre”.
Imagina que heredas:
- un piso y después lo alquilas;
- acciones que pagan dividendos;
- dinero que genera intereses;
- una vivienda que vendes años después.
Las rentas y ganancias posteriores pueden tener consecuencias en tu declaración de la renta. La Agencia Tributaria también establece reglas sobre el valor de adquisición que se tendrá en cuenta cuando posteriormente se transmite un inmueble heredado.
Cómo se calcula el Impuesto sobre Sucesiones paso a paso
El cálculo completo tiene varios escalones. Saltarse uno de ellos puede cambiar completamente el resultado.
Primer paso: determinar el valor de los bienes heredados
Se elabora el inventario de bienes y derechos y se atribuye a cada uno su valor fiscal.
Después hay que saber qué porción corresponde realmente a cada heredero. Si el patrimonio total vale 600.000 euros y hay tres hijos, no significa necesariamente que cada uno herede 200.000 euros. Hay que comprobar el testamento, las legítimas, los legados, el régimen económico matrimonial y el reparto efectivamente realizado.
En inmuebles, conviene comprobar el valor de referencia correspondiente a la fecha del fallecimiento y compararlo con el valor que proceda declarar. En dinero, valores mobiliarios y otros activos se aplican sus reglas específicas.
Segundo paso: restar las deudas y los gastos deducibles
Una vez valorado el activo, se revisan las partidas que legalmente puedan reducirlo.
No basta con decir “mi padre debía dinero”. La deuda debe existir y poder acreditarse. La ley regula expresamente las deudas y ciertos gastos deducibles en las adquisiciones por causa de muerte.
Aquí una buena documentación vale dinero, literalmente.
Tercer paso: aplicar las reducciones correspondientes
Sobre la base imponible se aplican las reducciones que correspondan.
En una herencia de padres a hijos pueden ser relevantes, entre otras:
- la reducción por parentesco;
- la reducción por discapacidad;
- la reducción por adquisición de la vivienda habitual;
- determinadas reducciones para empresas, negocios o participaciones que cumplan los requisitos legales.
En la Comunidad Valenciana, un hijo adulto dispone de una reducción por parentesco de 100.000 euros, mientras que un descendiente menor de 21 años puede alcanzar hasta 156.000 euros.
El resultado después de las reducciones es la base liquidable.
Cuarto paso: calcular la cuota según la tarifa del impuesto
La tarifa valenciana es progresiva. No se aplica un único porcentaje a toda la cantidad.
Los tramos actuales comienzan en el 7,65 % y ascienden progresivamente hasta alcanzar el 34 % para la parte de la base liquidable situada en los niveles más altos.
Esto importa porque mucha gente hace un cálculo equivocado del tipo: “Herencia de 300.000 euros por un 20 % igual a 60.000 euros”. Así no funciona.
Quinto paso: aplicar el coeficiente multiplicador
La cuota íntegra se multiplica por el coeficiente correspondiente al parentesco y al patrimonio previo del heredero.
En un hijo con patrimonio preexistente inferior a 390.657,87 euros, el coeficiente valenciano es actualmente 1. En patrimonios superiores puede ser 1,05, 1,10 o 1,20.
Sexto paso: descontar las bonificaciones y deducciones disponibles
Y aquí puede llegar el cambio más importante.
En la Comunidad Valenciana, las adquisiciones por fallecimiento realizadas por parientes de los grupos I y II disfrutan actualmente de una bonificación del 99 % de la parte de la cuota correspondiente a los bienes y derechos declarados. La norma considera declarados, a estos efectos, los bienes incluidos completamente en una autoliquidación presentada en plazo o fuera de plazo sin requerimiento administrativo previo.
Esto explica por qué una cuota inicialmente elevada puede convertirse en una cantidad final bastante reducida.
Cuánto se paga por una herencia de padres a hijos en la Comunidad Valenciana
Si el padre o la madre fallecidos tenían su residencia habitual fiscal en la Comunidad Valenciana, las reglas autonómicas pueden resultar determinantes.
Reducciones aplicables a hijos y descendientes
Las reducciones generales por parentesco son actualmente:
Hijos y descendientes menores de 21 años: 100.000 euros más 8.000 euros por cada año que falte para cumplir 21, hasta un máximo de 156.000 euros.
Hijos y descendientes de 21 años o más: 100.000 euros.
A ellas pueden sumarse, cuando se cumplan los requisitos, otras reducciones por discapacidad, vivienda habitual o determinados activos empresariales.
Es importante entender algo: una reducción no es lo mismo que una bonificación.
La reducción disminuye la cantidad sobre la que calculas el impuesto. La bonificación se aplica después sobre la cuota.
Bonificaciones que pueden reducir la cuota final
Actualmente, los hijos incluidos en los grupos I y II pueden beneficiarse de una bonificación del 99 % sobre la parte de la cuota correspondiente a los bienes y derechos correctamente declarados.
Por ponerlo fácil: si después de todos los cálculos anteriores la cuota bonificable fuese de 10.000 euros, una bonificación del 99 % dejaría, en principio, 100 euros de cuota por esa parte.
Por eso encontramos titulares que afirman que “heredar en la Comunidad Valenciana es gratis”. Nosotros preferimos no decirlo así. Puede ser fiscalmente muy favorable, pero no siempre es gratis, porque puede haber plusvalía municipal y otros gastos, y porque el beneficio fiscal exige hacer bien la liquidación.
Qué cambia según el valor de la herencia y la situación del heredero
Una adquisición de 80.000 euros y otra de 800.000 euros no recorren el mismo camino de cálculo.
También puede cambiar el resultado si:
- el hijo tiene menos de 21 años;
- existe una discapacidad reconocida;
- se hereda la vivienda habitual;
- hay deudas deducibles;
- el patrimonio previo supera determinados límites;
- parte del patrimonio no se declara correctamente;
- hay bienes en el extranjero.
De ahí que dar una cifra sin ver la documentación sea, sinceramente, poco fiable.
Particularidades para herencias tramitadas en Alicante y Elche
En Alicante y Elche, el Impuesto sobre Sucesiones sigue sujeto a la normativa valenciana cuando corresponde aplicar esta comunidad autónoma. La gran diferencia local aparece, sobre todo, en la plusvalía municipal.
El Ayuntamiento de Alicante dispone de procedimientos específicos para transmisiones por fallecimiento y de un calculador orientativo de plusvalía. El Ayuntamiento de Elche canaliza la declaración del impuesto local (incluidas solicitudes de no sujeción, exención o bonificación) mediante su procedimiento municipal y la gestión de SUMA.
Por tanto, una vivienda en Alicante y otra en Elche pueden exigir gestiones locales distintas, aunque ambas formen parte de una herencia sometida al mismo Impuesto sobre Sucesiones valenciano.
Ejemplos de cuánto puede costar una herencia de padres a hijos
Vamos a llevar la teoría a números.
Todos los ejemplos siguientes son orientativos y simplificados, con la normativa valenciana vigente en julio de 2026. Salvo que indiquemos lo contrario, suponemos un hijo mayor de 21 años, patrimonio previo inferior a 390.657,87 euros, bienes completamente declarados y ninguna circunstancia especial.
Ejemplo de una herencia de 50.000 euros en dinero
Un hijo recibe 50.000 euros.
La reducción valenciana por parentesco para un hijo adulto es de 100.000 euros. Como la adquisición no supera esa cifra, la base liquidable puede quedar en cero.
Resultado orientativo del Impuesto sobre Sucesiones: 0 euros.
Al tratarse únicamente de dinero, tampoco habría plusvalía municipal.
Ejemplo de una herencia de 100.000 euros
Un hijo mayor de 21 años recibe una adquisición individual neta de 100.000 euros.
Aplicamos la reducción por parentesco de 100.000 euros:
100.000 – 100.000 = 0 euros de base liquidable.
Resultado orientativo del Impuesto sobre Sucesiones: 0 euros.
Es importante la expresión “adquisición individual”. Una herencia total de 300.000 euros repartida entre tres hijos no se analiza igual que 300.000 euros recibidos por uno solo.
Ejemplo de una herencia de 300.000 euros
Supongamos ahora que un hijo adulto recibe 300.000 euros netos y no hay más reducciones.
Primero aplicamos la reducción por parentesco:
300.000 – 100.000 = 200.000 euros de base liquidable.
Con la escala valenciana vigente, la cuota íntegra orientativa sería de unos 31.852,81 euros. Como hemos supuesto que el patrimonio previo está en el primer tramo, el coeficiente multiplicador es 1.
Aplicando después la bonificación del 99 %, la cuota final orientativa sería de unos 318,53 euros.
La diferencia es enorme, ¿verdad? Precisamente por eso no debemos confundir el resultado de aplicar la tarifa con la cantidad que finalmente se paga.
Este ejemplo se refiere únicamente al Impuesto sobre Sucesiones. No incluye posibles inmuebles, plusvalía municipal, notaría ni Registro.
Ejemplo de un hijo que hereda la vivienda habitual de sus padres
Imaginemos que un hijo adulto hereda exclusivamente una vivienda habitual valorada fiscalmente en 250.000 euros.
En la Comunidad Valenciana existe una reducción del 95 % por adquisición de la vivienda habitual del causante, con un límite de 150.000 euros por sujeto pasivo y una obligación general de mantenimiento durante cinco años, salvo fallecimiento del adquirente.
En un caso simplificado, podrían concurrir:
- 100.000 euros de reducción por parentesco;
- hasta 150.000 euros de reducción por vivienda habitual.
Eso puede llevar la base liquidable a cero. Pero todavía habría que revisar la plusvalía municipal y los gastos de formalización e inscripción.
A veces el impuesto autonómico es la parte pequeña de la factura y la familia no lo descubre hasta bastante tarde.
Ejemplo de una herencia repartida entre varios hermanos
Un padre deja 300.000 euros en dinero a sus tres hijos adultos, a partes iguales.
Cada hijo recibe 100.000 euros.
Como el impuesto se calcula para cada adquirente, cada uno podría aplicar su propia reducción de parentesco de 100.000 euros. Bajo las hipótesis del ejemplo, la base liquidable de cada hermano sería cero.
Resultado orientativo: 0 euros de Impuesto sobre Sucesiones por cada hijo.
Si un único hijo recibiera los 300.000 euros, el ejemplo anterior arrojaba una cuota orientativa de unos 318,53 euros después de bonificación.
Esto no quiere decir que una familia pueda inventarse un reparto únicamente para pagar menos. La partición debe respetar el testamento, los derechos sucesorios y los acuerdos válidamente alcanzados.
Cuánto se paga si lo heredado es una vivienda
Las herencias con inmuebles son las que más dudas suelen generar porque concentran impuestos, valoración, escritura e inscripción.
Cómo se determina el valor fiscal del inmueble
Antes de liquidar el impuesto conviene comprobar el valor fiscal aplicable en la fecha del fallecimiento.
El valor de referencia se determina anualmente y es distinto del valor catastral. Este último continúa utilizándose para figuras como el IBI y participa en el cálculo de la plusvalía municipal, mientras que el valor de referencia tiene su propia función tributaria.
Declarar un inmueble “por lo que creemos que vale” sin revisar estos datos es uno de esos atajos que después salen caros.
Cuándo se aplica la reducción por vivienda habitual
En la Comunidad Valenciana, la adquisición de la vivienda habitual del causante puede disfrutar de una reducción del 95 % de su valor, con un límite de 150.000 euros por heredero, cuando los adquirentes se encuentran entre las personas previstas por la norma.
En el caso de hijos, el parentesco cumple el requisito personal, pero todavía hay que revisar las demás condiciones, especialmente el mantenimiento de la adquisición durante los cinco años siguientes, salvo las excepciones legales.
No basta, por tanto, con decir: “Era la casa de mis padres”. Hay que comprobar que fiscalmente era la vivienda habitual del causante y que se cumplen las exigencias del beneficio.
Cuánto puede costar la plusvalía municipal
Aquí no podemos dar una cifra universal.
El resultado depende, entre otras cuestiones, de:
- el municipio;
- el valor del suelo;
- los años transcurridos desde la adquisición anterior;
- la parte del inmueble transmitida;
- el método de cálculo aplicable;
- la existencia de incremento real;
- las bonificaciones de la ordenanza municipal.
La legislación estatal permite comparar el sistema objetivo con el incremento real en los términos previstos legalmente y excluye la tributación cuando se acredita que no existió aumento de valor.
En Alicante existe un simulador orientativo que contempla el cálculo objetivo y el real. En Elche, la sede municipal prevé expresamente la declaración para liquidar, solicitar la no sujeción, una exención o una bonificación.
Gastos de notaría y Registro de la Propiedad
Además de los impuestos, puede haber gastos por la escritura de aceptación y adjudicación y por la inscripción del inmueble.
No existe una tarifa plana universal para todas las herencias. Los aranceles notariales están regulados y la factura depende del documento y de las operaciones realizadas. En el Registro tampoco hay una cantidad fija: influyen el tipo y número de operaciones y el valor fiscal de las mismas.
Una herencia sencilla con un inmueble no cuesta lo mismo que otra con diez fincas, usufructos, divisiones, extinciones de condominio y varios títulos previos pendientes de inscripción.
Cuánto se paga si la herencia consiste solo en dinero
Las herencias de dinero suelen ser administrativamente más sencillas que las inmobiliarias, aunque también hay que liquidar el Impuesto sobre Sucesiones.
Dinero en cuentas bancarias y depósitos
El saldo de las cuentas forma parte de la masa hereditaria.
Los herederos pueden solicitar a la entidad financiera información sobre las posiciones del fallecido y movimientos relevantes para cumplir las obligaciones fiscales.
Si la adquisición individual del hijo queda absorbida por las reducciones disponibles, el Impuesto sobre Sucesiones puede ser cero.
Y, al no existir terreno urbano, no hay plusvalía municipal.
Fondos de inversión, acciones y otros productos financieros
Estos activos también deben inventariarse y valorarse correctamente.
No conviene tratarlos como si fueran simplemente “dinero en el banco”. Hay que identificar el producto, la titularidad, el valor aplicable y, después, qué consecuencias tendrá mantenerlo, reembolsarlo o venderlo.
El hecho de haber heredado un activo financiero no impide que sus rendimientos o una venta posterior puedan tener efectos fiscales futuros.
Seguros de vida cobrados tras el fallecimiento
Las cantidades percibidas por beneficiarios de seguros de vida pueden quedar sometidas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
El Reglamento contempla expresamente las adquisiciones de beneficiarios de seguros de vida dentro del plazo de presentación de las adquisiciones por fallecimiento y exige documentación específica sobre los contratos.
Aquí debemos revisar quién era el tomador, quién era el asegurado, quién es el beneficiario y qué relación tenía con la persona fallecida. No todos los seguros producen exactamente el mismo cálculo.
Qué ocurre si los padres dejan deudas junto con los bienes
Una herencia no es solo una caja donde encontramos activos. También puede contener obligaciones.
Qué deudas pueden descontarse antes de calcular el impuesto
La legislación admite la deducción de determinadas deudas del causante cuando su existencia está debidamente acreditada.
También pueden ser deducibles, en las condiciones legales, deudas tributarias y con la Seguridad Social satisfechas por los herederos o quienes administran la herencia.
Lo que no recomendamos es incluir cantidades aproximadas o deudas familiares informales sin documentación pensando que “nadie lo mirará”. Además de ser incorrecto, puede comprometer toda la liquidación.
Cuándo conviene aceptar a beneficio de inventario
Cuando no sabemos con certeza si los bienes superan a las deudas, el beneficio de inventario merece una atención especial.
El Código Civil permite al heredero utilizar este mecanismo y exige una declaración e inventario con las formalidades y plazos correspondientes.
La razón es sencilla: una aceptación pura y simple puede hacer responder al heredero por las cargas hereditarias también con sus propios bienes, mientras que el beneficio de inventario busca mantener limitada la responsabilidad al patrimonio hereditario, siempre que se cumpla correctamente el procedimiento.
Por qué no debe aceptarse una herencia sin conocer antes su situación económica
Hay actos que pueden implicar una aceptación tácita. Por eso no es buena idea empezar a vender, repartir o disponer de bienes hereditarios alegremente mientras aún desconocemos las deudas.
Antes de aceptar conviene revisar:
qué bienes hay, cuánto valen, qué deudas existen, qué impuestos están pendientes y qué coste tendrá la tramitación.
En una herencia clara puede parecer excesiva tanta cautela. En una herencia con empresas, préstamos, avales o cuentas poco transparentes, no lo es en absoluto.
¿Todos los hijos pagan lo mismo por una misma herencia?
No necesariamente.
Cómo influye el reparto entre hermanos
Cada hijo tributa por su propia adquisición.
Si tres hermanos reciben exactamente la misma cantidad y tienen las mismas circunstancias personales y patrimoniales, el resultado puede ser similar.
Pero basta con que uno herede una vivienda, otro dinero y otro unas participaciones empresariales para que los cálculos dejen de ser idénticos.
Qué ocurre si un hijo recibe más bienes que los demás
El hijo que adquiere una porción mayor tendrá, en principio, una base individual superior.
Eso puede hacer que:
- consuma completamente su reducción por parentesco;
- entre en tramos superiores de la tarifa;
- tenga derecho a reducciones específicas distintas por los bienes recibidos.
Por eso una partición no debería diseñarse mirando únicamente el valor nominal de los lotes.
Diferencias entre herederos menores y mayores de edad
En la Comunidad Valenciana, la diferencia fiscal relevante se sitúa en los 21 años.
Un hijo de 21 años o más tiene una reducción por parentesco de 100.000 euros. Un descendiente menor de 21 dispone de esos 100.000 euros más 8.000 por cada año que le falte para alcanzar esa edad, con un máximo de 156.000 euros.
Dos hermanos que reciben 140.000 euros cada uno pueden, por tanto, no tener la misma base liquidable si uno tiene 30 años y el otro 17.
Cómo afecta el patrimonio previo de cada heredero
Los coeficientes multiplicadores pueden variar en función de lo que cada hijo ya poseía antes del fallecimiento.
Por eso, incluso con idéntico reparto y la misma edad, un heredero con un patrimonio preexistente elevado puede obtener una cuota previa a bonificaciones mayor que su hermano.
En qué comunidad autónoma se paga el Impuesto sobre Sucesiones
Este punto merece especial cuidado porque aplicar la normativa autonómica equivocada puede alterar completamente el cálculo.
La residencia habitual del padre o la madre fallecidos
En las adquisiciones por fallecimiento de sujetos pasivos residentes en España, se atiende al territorio donde el causante tenía su residencia habitual en la fecha del devengo.
Para el Impuesto sobre Sucesiones, el criterio principal analiza dónde permaneció más días durante los cinco años inmediatamente anteriores, contados de fecha a fecha y finalizados el día anterior al devengo.
Por eso no siempre basta con mirar la dirección del DNI o dónde estaba empadronada la persona el último mes de su vida.
Qué ocurre cuando el heredero vive en otra comunidad autónoma
Que tú vivas en Madrid, Murcia o Andalucía no significa por sí solo que una herencia de tu padre residente habitualmente en Alicante deba liquidarse conforme a las normas de tu comunidad.
En la sucesión de una persona residente en España, el punto de conexión se centra, como regla general, en la residencia habitual del causante.
Este error es bastante habitual porque el heredero piensa en su domicilio y no en el de la persona fallecida.
Herencias con bienes o herederos en el extranjero
Cuando el causante era no residente, el heredero vive fuera de España o existen bienes en otros países, el análisis cambia.
Pueden intervenir las reglas de obligación personal o real, la Administración tributaria estatal, normativa autonómica y posibles mecanismos para evitar doble imposición.
En estos casos no debemos copiar el cálculo de una herencia puramente nacional. La Agencia Tributaria dispone de reglas y procedimientos específicos para contribuyentes no residentes y para delimitar la competencia tributaria.
Plazo para pagar los impuestos de una herencia
El calendario empieza mucho antes de lo que muchas familias creen.
El plazo general de seis meses desde el fallecimiento
Las adquisiciones por causa de muerte deben declararse, con carácter general, dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento.
Ese mismo plazo de seis meses existe para la plusvalía municipal en las transmisiones por fallecimiento, con posibilidad de ampliación hasta un año cuando se solicita en los términos correspondientes.
Esperar a que todos los hermanos “se pongan de acuerdo tranquilamente” puede consumir el plazo casi sin darse cuenta.
Cuándo y cómo solicitar una prórroga
En la Comunidad Valenciana se puede solicitar una ampliación del plazo del Impuesto sobre Sucesiones durante los cinco primeros meses desde el fallecimiento. La ampliación puede conceder otros seis meses.
En la práctica, si vemos que faltan documentos, hay inmuebles difíciles de valorar o existe un conflicto familiar, conviene tomar la decisión con tiempo.
Pedir una prórroga el último día, cuando ya llevamos meses sin ordenar nada, no suele ser la mejor estrategia.
Qué ocurre si se presenta o se paga fuera de plazo
Depende de si la Administración ya ha requerido al contribuyente y de la situación concreta.
Cuando se presenta voluntariamente fuera de plazo sin requerimiento previo, la Ley General Tributaria establece recargos: un 1 % inicial más otro 1 % por cada mes completo de retraso hasta los doce meses; superado ese periodo, el recargo pasa al 15 % y pueden devengarse intereses en los términos legales.
Por tanto, descubrir un retraso no debería llevarte a esconder la cabeza bajo la almohada. Generalmente, regularizar voluntariamente cuanto antes es mejor que esperar a recibir un requerimiento.
Qué otros gastos hay además del Impuesto sobre Sucesiones
Para saber cuánto cuesta realmente una herencia, debemos sumar más conceptos.
Honorarios de notaría
Puede ser necesario formalizar la aceptación y adjudicación en escritura pública, especialmente cuando existen inmuebles que se quieren inscribir.
Los honorarios notariales se rigen por aranceles regulados. La factura concreta depende del contenido, cuantía, extensión y operaciones que incluya el documento.
Inscripción de los inmuebles en el Registro de la Propiedad
Cuando un inmueble se adjudica a un heredero, normalmente interesa inscribir la nueva titularidad.
Los honorarios registrales no son una cantidad fija para todas las herencias. Dependen del tipo y número de operaciones y del valor fiscal de las mismas, dentro del sistema arancelario.
Tasaciones, certificados y documentación
También pueden existir costes por:
- copias notariales;
- notas simples y certificaciones;
- informes técnicos;
- tasaciones;
- documentación extranjera y traducciones;
- poderes;
- regularizaciones registrales o catastrales.
En una herencia sencilla estos conceptos pueden ser modestos. En una sucesión con patrimonio complejo, suman.
Gastos de asesoramiento y tramitación de la herencia
Un profesional puede intervenir en el inventario, valoración, cálculo fiscal, preparación de la partición, coordinación con notaría, presentación tributaria y Registro.
El coste depende del trabajo real. No es lo mismo liquidar una herencia con una cuenta bancaria y un heredero que resolver una sucesión con varios inmuebles, desacuerdo familiar, bienes en el extranjero y deudas desconocidas.
Lo importante es valorar el asesoramiento frente al riesgo que evita. Una reducción olvidada, un inmueble mal valorado o una aceptación precipitada pueden costar bastante más que tramitar bien la herencia desde el principio.
Cómo pagar menos impuestos al heredar de los padres dentro de la legalidad
Pagar menos no consiste en ocultar bienes. Consiste en conocer y aplicar correctamente la norma.
Aplicar correctamente todas las reducciones y bonificaciones disponibles
Es el primer punto que revisamos.
En una herencia valenciana pueden coincidir, según las circunstancias:
- reducción por parentesco;
- reducción por discapacidad;
- reducción por vivienda habitual;
- reducciones empresariales;
- bonificación en cuota.
Olvidar una de ellas puede inflar innecesariamente la factura.
Valorar bien los bienes y las deudas antes de presentar el impuesto
Valorar correctamente no significa buscar el número más bajo.
Significa aplicar la regla fiscal correspondiente, comprobar la documentación y no olvidar pasivos que pueden reducir legalmente la adquisición neta.
El objetivo es pagar lo que corresponde: ni más ni menos.
Planificar la sucesión antes del fallecimiento
Muchas complicaciones pueden evitarse con antelación.
Un testamento actualizado, una correcta identificación del patrimonio, documentación ordenada y una planificación de liquidez pueden ahorrar discusiones y prisas.
Planificar no es solo reducir impuestos. A veces la gran ventaja es evitar que tres hijos terminen siendo propietarios a partes iguales de un inmueble que ninguno quiere compartir.
Comparar las consecuencias fiscales de donar en vida o dejar en herencia
Donar y heredar no son equivalentes.
Puede cambiar:
- el momento del pago;
- el impuesto del hijo;
- la posible tributación del padre o la madre;
- la plusvalía municipal;
- los beneficios fiscales;
- el control que conserva el propietario sobre el patrimonio.
Por eso no hay una respuesta universal a la pregunta “¿es mejor donar o heredar?”. Hay que comparar números completos, no solo el porcentaje de una bonificación.
Errores que pueden hacerte pagar más por una herencia
La mayoría no son errores extravagantes. Son cosas bastante normales.
Calcular el impuesto sin revisar la normativa autonómica
Es probablemente el fallo más importante.
Usar un simulador genérico o leer un artículo referido a otra comunidad autónoma puede dar una cifra completamente distinta de la real.
En la Comunidad Valenciana, la combinación de la reducción por parentesco y la bonificación del 99 % para los grupos I y II cambia radicalmente muchos cálculos.
Olvidar deudas o gastos que pueden ser deducibles
Una deuda bien acreditada puede reducir la base imponible.
No incluirla por desconocimiento significa calcular el impuesto sobre una riqueza que el heredero realmente no recibe.
Confundir el Impuesto sobre Sucesiones con la plusvalía municipal
Son dos tributos independientes.
Puedes tener una cuota de Sucesiones prácticamente simbólica y, al mismo tiempo, una obligación de plusvalía municipal por el inmueble urbano heredado.
O puede ocurrir que no exista incremento de valor del terreno y deba tramitarse una no sujeción. Hay que revisar ambos frentes.
Dejar pasar los plazos fiscales
El plazo general de seis meses parece largo hasta que empiezan las gestiones.
Certificado de últimas voluntades, testamento, bancos, inmuebles, valoración, deudas, reparto entre hermanos… cuando se mira el calendario, pueden haber pasado cuatro o cinco meses.
Repartir los bienes antes de analizar las consecuencias tributarias
Dos lotes con el mismo valor económico pueden tener distinto impacto fiscal y distinta liquidez.
Un hijo puede recibir 200.000 euros en dinero y otro una casa valorada en 200.000 euros. Sobre el papel han recibido lo mismo. En la práctica, el segundo puede tener plusvalía municipal, gastos registrales y un patrimonio difícil de convertir rápidamente en efectivo.
Primero se analiza; después se reparte. Ese orden evita muchos problemas.
Preguntas frecuentes sobre cuánto paga un hijo por una herencia
¿Cuánto se paga por heredar 100.000 euros de los padres?
En la Comunidad Valenciana, un hijo de 21 años o más puede aplicar actualmente una reducción por parentesco de 100.000 euros.
Si recibe únicamente 100.000 euros netos y se cumplen las hipótesis normales del ejemplo, la base liquidable puede quedar en cero y el Impuesto sobre Sucesiones sería de cero euros.
Esto no incluye posibles gastos ni impuestos locales si los 100.000 euros corresponden a un inmueble.
¿Cuánto se paga por heredar una casa?
Depende de:
- su valor fiscal;
- si era la vivienda habitual;
- qué porcentaje heredas;
- qué otras propiedades y bienes recibes;
- las deudas;
- la plusvalía municipal;
- las reducciones y bonificaciones aplicables.
En la Comunidad Valenciana, la reducción por vivienda habitual puede alcanzar el 95 % con un límite de 150.000 euros por sujeto pasivo, además de la posible reducción de parentesco y de la bonificación correspondiente en cuota.
No hay una cifra única.
¿Es más barato heredar entre varios hermanos?
A veces sí desde el punto de vista del Impuesto sobre Sucesiones, porque cada hermano tributa por su adquisición individual y puede aplicar sus propias reducciones.
Pero no siempre. Depende de qué reciba cada uno y de sus circunstancias.
Además, fragmentar artificialmente el reparto solo por razones fiscales puede provocar un problema civil o patrimonial mayor. Tener cuatro copropietarios de una vivienda que no se ponen de acuerdo tampoco es precisamente un ahorro.
¿Hay una cantidad mínima exenta del Impuesto sobre Sucesiones?
No existe una única cantidad mínima exenta aplicable de la misma manera a todas las herencias de España.
Existen reducciones y beneficios que dependen de la normativa aplicable y de las circunstancias del heredero.
En la Comunidad Valenciana, un hijo adulto tiene actualmente una reducción por parentesco de 100.000 euros. Eso permite que muchas adquisiciones de hasta esa cuantía no generen cuota, pero no es correcto convertir esa cifra en una “exención universal”.
¿Se puede pagar el impuesto con el dinero de la propia herencia?
Sí, puede ser posible.
La Agencia Tributaria Valenciana explica que, cuando el heredero no tiene liquidez, puede solicitar que el impuesto se pague con cargo a la cuenta del fallecido o mediante la venta de valores hereditarios necesarios para ese fin, siguiendo el procedimiento correspondiente según la entidad financiera.
El Banco de España también señala que la normativa permite autorizar la disposición de fondos de la cuenta del fallecido para pagar el Impuesto sobre Sucesiones.
No significa que el heredero pueda sacar libremente todo el dinero antes de tramitar la sucesión. Se trata de un mecanismo específico para atender el pago fiscal.
¿Qué pasa si no hay dinero para pagar los impuestos?
No conviene ignorar el plazo.
Dependiendo de las circunstancias, puede estudiarse:
- el pago con dinero de las cuentas hereditarias;
- la venta de determinados valores de la herencia;
- un aplazamiento;
- un fraccionamiento.
La propia Agencia Tributaria Valenciana contempla estas alternativas cuando existe falta de liquidez.
El problema suele empeorar cuando la familia espera a que venza el plazo para buscar una solución.
¿Cuándo prescribe el Impuesto sobre Sucesiones?
La Ley General Tributaria establece, con carácter general, un plazo de prescripción de cuatro años para que la Administración determine la deuda mediante liquidación y para exigir el pago de deudas tributarias. Para el derecho a liquidar, el cómputo comienza, en general, al día siguiente de finalizar el plazo reglamentario de presentación.
Pero cuidado: la prescripción puede interrumpirse por actuaciones de la Administración, recursos o determinadas actuaciones del propio contribuyente.
Por eso no recomendamos calcular una prescripción contando cuatro años en un calendario sin revisar previamente el expediente completo.
La importancia de calcular el coste fiscal antes de aceptar y repartir una herencia
Saber cuánto se paga por una herencia de padres a hijos exige ir más allá del valor total que aparece en el testamento o en un extracto bancario.
Hay que determinar:
qué recibe cada heredero, qué deudas existen, qué normativa autonómica se aplica, qué reducciones pueden utilizarse, cuánto resulta de la tarifa, qué bonificaciones proceden y qué otros costes acompañan a los bienes.
En la Comunidad Valenciana, las actuales reducciones y la bonificación del 99 % para hijos y otros familiares de los grupos I y II pueden hacer que el Impuesto sobre Sucesiones sea muy reducido en numerosos casos. Pero una mala valoración, un bien omitido, una reducción no aplicada o una plusvalía municipal ignorada pueden convertir una tramitación sencilla en un problema bastante serio.
Nuestro consejo es calcular primero y decidir después. Especialmente antes de aceptar una herencia con deudas, repartir inmuebles entre hermanos o dejar que se acerque el plazo fiscal sin tener preparada la documentación.
En Nucley Abogados estudiamos la herencia completa para que sepas qué vas a recibir, cuánto tendrás que pagar y qué opciones legales tienes antes de firmar o presentar impuestos. Nuestro equipo de abogados especialistas en herencias y testamentos asesora en la tramitación de sucesiones, impuestos y conflictos hereditarios en Alicante y Elche.
Antes de aceptar, repartir o liquidar una herencia, calcula el coste real. Una revisión a tiempo puede evitar impuestos innecesarios, retrasos y problemas entre herederos.